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Opinión del Comité sobre consultas de interpretación

El Comité podrá responder consultas sobre la interpretación del Acuerdo que le formule una Parte, a través de su punto focal designado, o una persona representante electa del público.

Las consultas de interpretación deberán formular con precisión las preguntas específicas sobre las cuales se pretende obtener la opinión del Comité, especificando las disposiciones del Acuerdo cuya interpretación se solicita y las consideraciones que originan la consulta, y deberán remitirse por escrito a la Secretaría, al correo electrónico secretaria.escazu@cepal.org preferentemente.

Una vez recibida una consulta, el Comité transmitirá copia de la misma a todas las Partes y a las personas representantes electas del público, y se publicará en esta sección.

Las Partes y personas interesadas podrán remitir por escrito a la Secretaría, al correo electrónico secretaria.escazu@cepal.org informaciones y perspectivas u observaciones con relación con la consulta.